Agrupación de Mediación del Colegio de Abogados de Valladolid

Apuntes sobre la mediación familiar intrajudicial en Valladolid

11 octubre 2016

Se cumple el quinto año de vigencia del convenio entre la Junta de Castilla y León, el Consejo General del Poder Judicial y el Colegio de Abogados de Valladolid para la implantación de la mediación familiar intrajudicial en los juzgados y tribunales de la provincia de Valladolid.

Durante este periodo de puesta en práctica de convenio, se ha fortalecido el concepto de mediación como herramienta restaurativa de las relaciones paterno-filiales, intrafamiliares y sociales, con la extensión de la mediación a nuevos asuntos en los que anteriormente no se intervenía, atendiendo a la literalidad del convenio, pero en los cuales los conflictos surgidos a raíz de la ruptura de pareja se han visto acentuados, no sólo por las diferencias entre las personas mediadas, sino también por graves distorsiones en la comunicación entre ellas e, incluso, por la ausencia de la propia comunicación, delegando las relaciones en terceras personas y con perjuicios que, en muchas ocasiones, afectan a todos los miembros de la familia y, especialmente, a los menores. La casuística nos revela asuntos, sometidos a los juzgados mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria, de naturaleza tan variada como los cambios de colegios de los niños, actividades extraescolares, cambios de domicilio de los padres, disfrute de periodos con los menores fuera de los establecidos en convenios, asistencia a celebraciones familiares (bodas, comuniones, fiestas patronales, etc.). En estos casos, como hemos avanzado, la disputa por un aspecto muy concreto de las relaciones paterno-filiales revelan en mediación la existencia de graves distorsiones familiares arrastradas a veces durante muchos años. En este sentido, la función restaurativa o sanatoria de la mediación debe ponerse en valor y ofrecerse como una muleta a las personas mediadas con el fin de que puedan encauzar las relaciones familiares en un rumbo adecuado que, sobre todo, busque el bienestar de los hijos menores.

En este sentido, y analizando la totalidad en su conjunto de los asuntos derivados a mediación en toda clase de materias de la competencia de los juzgados de familia,  a la hora de afrontar los procesos de mediación, se debe tener en cuenta que los conflictos familiares que llegan a los juzgados son asuntos especialmente litigiosos donde las expectativas de las partes están en su punto más álgido ya que acaban de presentar una demanda o, en su caso contestarla, habiendo justificado cada una de sus pretensiones de una forma procesalmente coherente. Además, las partes en este punto ya han recorrido un camino infructuoso de intentos de diálogo, negociaciones, cesiones, etc… que ha agotado sus fuerzas y tolerancia a un nuevo espacio de encuentro. A ello, hay que añadir que las personas mediadas, al entablar un proceso judicial, en determinada forma han delegado sus problemas en terceras personas (abogados, procuradores, jueces,…) y uno de los mayores retos que afronta la mediación es volver a empoderar a las partes, reforzarles como personas con capacidad, dueños de sus decisiones y de las consecuencias de las mismas, lo cual es fundamental para que padres y madres se responsabilicen de los acuerdos adoptados en mediación.

Es de suma importancia la tarea previa a la realización de la mediación por parte de los mediadores, especialmente el contacto con los abogados, para facilitar la gestión del conflicto y conseguir que sus clientes acudan a mediación. Y es que, la mediación no ha nacido para “quitar el trabajo a los abogados”, sino que de lo que se trata es de facilitárselo.

La dificultad de abordar las mediaciones familiares en asuntos ya judicializados, e incluso, muchos de ellos, con una decisión del juzgado en un procedimiento de medidas provisionales en tanto se tramita el procedimiento principal, es uno de los retos más duros y, a la vez, más apasionantes para los equipos de mediación. La inversión de tiempo y esfuerzo de los profesionales dedicados a la mediación, acudiendo a los juzgados a consultar los autos, contactando con los abogados, preparando las sesiones informativas y cada una de las sesiones de mediación, el seguimiento de los asuntos, una vez finalizada la mediación, con o sin acuerdo, resulta admirable y todo un ejemplo que se ha exportado a otras provincias, incluso fuera del ámbito regional, pues muchos profesionales de todas las partes de España han contactado con el Colegio de Abogados para informarse al respecto de la mediación familiar intrajudicial. No en vano, cuando las partes deciden acudir a mediación, más de la mitad de los asuntos se cierran con acuerdo, total o parcial, situándonos por encima de la media de todas las de más experiencias de mediación familiar intrajudicial en España. Y esto, compañeros/as mediadores/as, es un éxito de todos.

César Hernández Romón.
Presidente de la Agrupación de Abogados Mediadores.