Observatorio

Fiscal

Publicación: 01/06/2020

Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central

Recurso: 00-06582-2019

UNIFICACION DE CRITERIO EN TORNO A LAS CONSECUENCIAS TRIBUTARIAS DE LAS COSTAS


El Tribunal Económico Administrativo Central, en unificación de criterio, aborda las consecuencias tributarias de las costas, partiendo de la naturaleza de su pago como resarcimiento de los gastos en los que el litigante vencedor ha debido incurrir por culpa del contrario. Por ello, considera que para la determinación de la ganancia patrimonial que puede suponer para el vencedor del pleito la condena a costas judiciales a la parte contraria, el litigante vencedor podrá deducir del importe que reciba en concepto de costas los gastos en que haya incurrido con motivo del pleito, importe deducible que podrá alcanzar como máximo el importe que reciba, sin superarlo; con lo que, si se le resarcen todos los gastos calificables de costas, en puridad no habrá tenido ganancia patrimonial alguna.

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