Observatorio

Fiscal

Ponente(s): D.Jesús Cudero Blas

Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo

Sentencia: 116/2019

Recurso: 3256/2017

BASE IMPONIBLE DE LA DACION EN PAGO

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, fija como doctrina que en el supuesto de dación en pago de un inmueble hipotecado al acreedor del crédito, sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, la base imponible del Impuesto la constituye el importe de la deuda pendiente de amortizar que se extingue con la operación, y no el valor real de inmueble.

Puedes acceder al texto íntegro de la resolución en el apartado de Descargas.


Descargas