Observatorio

Administrativo-Constitucional

Ponente(s): D. Diego Cordoba Castroverde

Publicación: 17/12/2018

Órgano: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso

Sentencia: 1782/2018

Recurso: 553/2018

DOCTRINA: LA FIJACION EX LEGE DE LA CUOTA DE MERCADO NO VULNERA LA CE NI LA NORMATIVA COMUNITARIA.

La sala III establece, por lo que se refiere a la DT 5 Ley 11/2013, que, al fijar en un 30% la cuota de mercado a efectos de prohibir un incremento del número de instalaciones, no se aprecia contradicción con la normativa de la Unión Europea ni que existandudas sobre la interpretación de las disposiciones contenidas en el Regl. (CE) 330/2010, de 20 de abril, que lleven al planteamiento de una cuestión prejudicial.

No se plantean dudas de constitucionalidad para cuestionar la DT 5 Ley 11/2013 en relación con los arts. 14 y 38 CE.

Cuando en un litigio se plantea una duda sobre la eventual contradicción de una norma nacional con el derecho de la UE, el tribunal, aun cuando no se trate de la última instancia, tiene la obligación de motivar las razones por las que no aprecia tal contradiccióny por las que no considera necesario el planteamiento de una cuestión prejudicial al entender aplicable la doctrina del ato claro o del acto aclarado.

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