Observatorio

Civil

Ponente(s): Don Ignacio Sancho Gargallo

Publicación: 06/04/2021

Órgano: Tribunal Supremo Sala de lo Civil

Sentencia: Sentencia numero 192/2021

Recurso: Recurso 1553/2018

EL TRIBUNAL SUPREMO DICTA SENTENCIA EL PASADO DÍA 6 DE ABRIL DE 2021 POR LA QUE SE DECLARA ABUSIVA LA CLÁUSULA REDACTADA POR EL ABOGADO EN UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, POR LA QUE EL CLIENTE RENUNCIA AL EJERCICIO DE ACCIONES DE RESPONSABILIDAD CONTRA ESTE. 

Relación contractual de prestación de servicios de un abogado a una persona que tiene la condición de consumidora. La declaración unilateral, redactada por el abogado y firmada por la clienta, en la que esta última manifiesta que renuncia a las acciones de responsabilidad que pudieran derivarse de que la reclamación judicial que le había sido encomendada al letrado fuera desestimada judicialmente por haberse presentado fuera de plazo, constituye una cláusula predispuesta por el profesional sujeta al régimen de cláusulas abusivas. Esta renuncia, mientras no constituya la contraprestación de una transacción, debe considerarse abusiva al incurrir en dos de los cláusulas declaradas por la ley como abusivas (disposición adicional 1ª de la Ley 26/1984, de 19 de julio, vigente en el momento de la producción de los hechos): la núm. 9 ("La exclusión o limitación de forma inadecuada de los derechos legales del consumidor por incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso del profesional") y la núm. 14 (La imposición de renuncias o limitación de los derechos del consumidor). Actualmente se encuentran en el art. 86.1 y 7 del RDLeg 1/2007, de 16 de noviembre.


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