Comisión de la Abogacía Digital
Novedades en Verifactu
03 diciembre 2025
Aplazado a 2027
El Consejo de Ministros/as celebrado el 2 de diciembre de 2025 ha aprobado un aplazamiento de un año en la entrada en vigor de la obligación Verifactu. Esta decisión se ha formalizado mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que modifica el Real Decreto 1007/2023, por el que se regula el denominado Reglamento Verifactu.
Nuevos plazos de exigibilidad
Como consecuencia de esta modificación normativa, la obligación se aplicará en las siguientes fechas:
- Personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades
La entrada en vigor, inicialmente prevista para el 1 de enero de 2026, se aplaza al 1 de enero de 2027.
- Personas físicas que desarrollan actividades económicas
El inicio previsto para el 1 de julio de 2026 se traslada al 1 de julio de 2027.
Entrada en vigor y trámite de convalidación
El Real Decreto-ley produce efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOE, aunque deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados/as en un plazo máximo de 30 días.
Seguimiento y actualizaciones
Desde el Colegio seguiremos atentos a todas las novedades que puedan producirse en relación con esta medida y las iremos comunicando conforme se publiquen nuevos detalles o aclaraciones.

