Comisión de la Abogacía Digital

Novedades en Verifactu

03 diciembre 2025

Aplazado a 2027

El Consejo de Ministros/as celebrado el 2 de diciembre de 2025 ha aprobado un aplazamiento de un año en la entrada en vigor de la obligación Verifactu. Esta decisión se ha formalizado mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que modifica el Real Decreto 1007/2023, por el que se regula el denominado Reglamento Verifactu.

Nuevos plazos de exigibilidad

Como consecuencia de esta modificación normativa, la obligación se aplicará en las siguientes fechas:

  • Personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades

La entrada en vigor, inicialmente prevista para el 1 de enero de 2026, se aplaza al 1 de enero de 2027.

  • Personas físicas que desarrollan actividades económicas

El inicio previsto para el 1 de julio de 2026 se traslada al 1 de julio de 2027.

Entrada en vigor y trámite de convalidación

El Real Decreto-ley produce efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOE, aunque deberá ser convalidado por el Congreso de los Diputados/as en un plazo máximo de 30 días.

Seguimiento y actualizaciones

Desde el Colegio seguiremos atentos a todas las novedades que puedan producirse en relación con esta medida y las iremos comunicando conforme se publiquen nuevos detalles o aclaraciones.