Agrupación de la Abogacía Joven
NINGUNA ABOGADA DEBERÍA ELEGIR ENTRE SU EMBARAZO Y SU TRABAJO
29 abril 2026
Desde la Agrupación de la Abogacía Joven de Valladolid manifestamos nuestro rechazo a las resoluciones que deniegan la suspensión de señalamientos cuando la persona letrada se encuentra en situación de riesgo durante el embarazo o en permiso por nacimiento y cuidado de menor.
No se trata de una cuestión de agenda ni de organización, sino de situaciones especialmente protegidas que afectan directamente a la salud, a la maternidad/paternidad y al derecho de defensa.
Tanto la Ley Orgánica del Derecho de Defensa como la Ley de Enjuiciamiento Civil son claras y no admiten interpretaciones: se suspenderá por enfermedad del profesional dela abogacía interviniente y durante el período de descaso por nacimiento y cuidado de menor.
Negar la suspensión en estos casos supone:
- Vaciar de contenido la norma.
- Comprometer el derecho de defensa.
- Ignorar la protección de la maternidad/paternidad.
- Discriminar a la Abogacía frente al resto de ciudadanos.
Debe suprimirse la discrecionalidad en la concesión de suspensiones de vistas para los supuesto contemplados en la Ley. La Administración de Justicia debe ser garantista también con quienes la ejercemos.
Y sin embargo nos encontramos con casos concretos que en Abril de 2026siguen negando derechos a la abogacía basándose en cuestiones de agenda o trasladando al Ministerio Fiscal la decisión.
La Agrupación de la Abogacía Joven de Valladolid trabaja y seguirá trabajando para que estas discriminaciones no sigan produciéndose.
No es una cuestión de organización. No es una de conveniencia. Es una cuestión de legalidad y de derechos.

