Sección de Derecho de Familia

Jurisprudencia comentada - Sección de Derecho de Familia

21 noviembre 2022

FILIACION. CADUCIDAD. PLAZO 1 AÑO DESDE EL CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS EN QUE SE BASE LA RECLAMACIÓN.NUEVA LEY  26/2015, de 28 de julio. RETROACTIVIDAD.QUE PASA CON LOS CASOS QUE SE SE ESTEN TRAMITANDO ANTES DE LA ENTRADA DE LA LEY. Padre tuvo conocimiento de los hechos en que se basa la reclamación, desde el nacimiento de la menor de edad. En el caso de autos se trata de una acción de reclamación de filiación no matrimonial en ausencia de posesión de estado,respecto de una menor nacida después de la entrada en vigor de la Ley 26/2015y además, en el caso de autos la demanda se presentó después de haber transcurrido el plazo legal de caducidad de un año. Se deniega la filiacionSentencia Audiencia Provincial de Valladolid 14 de julio 2022 Número Sentencia: 300/2022 Número Recurso: 205/2022 Numroj: SAP VA 1221/2022 Ecli: ES:APVA:2022:1221 Ponente: [/tol/busquedaJurisprudencia/search?ponente=411]EMMA GALCERÁN SOLSONA Juzgado de procedencia: JDO.DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER N.1 de VALLADOLID