2015

Derogación tasas judiciales

02 mayo 2015

Autor(es): Decano

Querido/a compañero/a:

Como seguramente ya conocerás, el pasado sábado día 28 de febrero se publico en el B.O.E. el Real Decreto-Ley, de 27 de febrero, de Medidas Urgentes para la Reducción de la carga Financiera y de Orden Social, que entro en vigor el 1 de marzo, y cuyo texto puedes consultar a través del siguiente ENLACE.

Dicho texto legal, en su artículo núm. 11, deroga parcialmente las tasas judiciales, pues esta derogación afecta a las personas físicas, que quedan exentas de pago de tasas en todos los órdenes e instancias. Esta exención, no afecta a las personas jurídicas, incluyendo pequeñas y medianas empresas.

Si bien el texto publicado no cumple en su totalidad todas la pretensiones de la Abogacía, al menos se han atendido parte de las constantes reivindicaciones contra la Ley de Tasas que se han llevado a cabo desde la Abogacía, en su doble vertiente, con carácter institucional y gracias al apoyo de los compañeros que han participado activamente en concentraciones o manifestaciones frente a citada Ley.

Con independencia de lo anterior, el Real Decreto-Ley contiene otras novedades de notable interés profesional, destacando la reforma de la Ley Concursal, así como otras normas que afectan al Real Decreto Ley 6/12 y la Ley 1/2013.

Sin otro particular, recibe un fuerte abrazo.

Jesús Verdugo Alonso
Decano.