MEDIACIÓN FAMILIAR
¿QUE ES?
La Mediación es un método voluntario de gestión de conflictos, que incluye a un tercero neutral –el mediador- con la función de ayudar a que las partes involucradas en un conflicto puedan negociar desde la colaboración, una resolución del mismo satisfactoria para todos.
Eso mismo trasladado al ámbito familiar hace que la mediación en procesos tales como separación, divorcio, parejas de hecho, reparto de herencias, cuidado de personas mayores o cualquier otro conflicto familiar, cree un espacio en el que es posible escuchar al otro y luego tomar decisiones para llegar a acuerdos que faciliten gestionar los problemas de forma no contenciosa.
La Mediación Familiar, por tanto es un proceso voluntario y estructurado en el cual el mediador/a profesional experto, ayuda a las partes a resolver los desacuerdos que tengan, creando un espacio que facilite a las personas implicadas la negociación hasta alcanzar una solución percibida por ellos como satisfactoria y al logro de su cumplimiento
¿QUE SE PRETENDE CON LA MEDIACIÓN FAMILIAR?
- Evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso y contribuir a poner fin a los ya iniciados o a reducir su alcance.
- Conseguir que las partes se responsabilicen y alcancen acuerdos relativos a la organización familiar en el futuro: cuidado de los hijos, contribución económica a sus necesidades, lugar de residencia, reparto de bienes, derechos y obligaciones.
- Favorecer la estabilidad emocional de la mujer, del hombre y de los hijos/as durante todo el proceso de separación o divorcio y una vez finalizado el mismo.
- Garantizar el derecho de los hijos/as a conservar a su padre y a su madre.
- Proteger el interés de los hijos, las personas discapacitadas y mayores dependientes.
Por sus características de voluntariedad, neutralidad y confidencialidad, la mediación se presenta ante la familia como un recurso que abre nuevas vías para fomentar en un clima de cooperación y de respeto mutuo la autonomía y la libre capacidad de las personas para decidir su futuro.
¿QUÉ BENEFICIOS-VENTAJAS APORTA?
- Respeta la privacidad y la confidencialidad.
- Favorece la comunicación, el diálogo y la cooperación, y evita la confrontación destructiva.
- Reconoce el protagonismo de las partes para que se impliquen en la búsqueda de una solución útil y mutua para reorganizar su relación futura.
- Tiene en cuenta los intereses de los participantes.
- Logra un mejor cumplimiento de los acuerdos alcanzados.
- Facilita las relaciones futuras de los participantes.
¿CÓMO SE DESARROLLA LA MEDIACIÓN?
A través de una serie de pasos que esquemáticamente se resumen en:
- Entrevista o reunión inicial en la que el mediador/a explica a las partes en qué consiste la Mediación.
- Desarrollo de las sesiones. Su duración dependerá de la naturaleza y complejidad de los puntos en conflicto.
- Acta final de Mediación en la que el mediador/a recoge el resultado: los acuerdos totales o parciales logrados o, en su caso, hace constar que se ha llevado a cabo la mediación sin efecto.
- Traslado de los acuerdos al Abogado o Abogados de las partes, para que redacten un Convenio Regulador que se presentará en el Juzgado.
¿QUIÉN ES EL MEDIADOR?
- Es un profesional cualificado (licenciado en Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Trabajo Social o Educación Social), con una formación específica en Mediación Familiar, inscrito en el Registro de Mediadores Familiares de Castilla y León y que comprende el contexto y la forma en que se desenvuelven los conflictos y las expectativas de las partes.
- Está sujeto al secreto profesional y actúa con confidencialidad, imparcialidad y neutralidad.
- Carece de poder de decisión, dirige el proceso de Mediación empleando técnicas o herramientas para crear un clima de diálogo y cooperación que favorezca la comunicación y la gestión positiva de los conflictos, promoviendo que sean las partes quienes construyan soluciones satisfactorias. Son las partes quienes alcanza sus propios acuerdos, con la ayuda del /la mediador/a.
- En ningún caso proporcionará información legal ni opinión o consejo jurídico. Esto implica que, por ejemplo, en casos de separación o divorcio, no podrá redactar el Convenio Regulador pues esto será labor de un Abogado ajeno a la mediación.
MEDIACIÓN FAMILIAR GRATUITA
Tendrán derecho las personas físicas residentes en Castilla y León, cuyos ingresos económicos computados anualmente por todos los conceptos y en su unidad familiar, no superen la cuantía del Indicador Público de Renta a efectos múltiples (para el año 2008 el IPREM referido a 14 mensualidades es de 7236,60 €)
REGULACIÓN LEGAL
- Ley 1/2006, de 6 de Abril de Mediación Familiar de Castilla y León.
- Decreto 50/2007, de 17 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2006, de 6 de Abril de Mediación Familiar de Castilla y León
- Orden FAM/1495/2007, de 14 de Septiembre, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Mediación Familiar respecto a la Mediación Familiar Gratuita.
CÓMO CONTACTAR
Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Valladolid
C/ Torrecilla, nº 1
Tlf: 983 010 900 983 320 540 |