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Convenio con la Consejeria de Hacienda de la Junta de Castilla y León
La Orden de la Consejería de Hacienda 1551/2003 de 27 de noviembre(BOCyL 2/12/2003) establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de declaraciones tributarias. De acuerdo con esta disposición, para que los profesionales colegiados puedan utilizar dicho procedimiento en representación de terceras personas es necesario que previamente el Colegio del que formen parte haya suscrito un convenio de colaboración con la Comunidad.
A esta finalidad, se ha firmado un convenio entre el Colegio de Abogados de Valladolid y la Consejería de Hacienda de Castilla y León que autoriza a los colegiados que hayan suscrito el documento individualizado de adhesión (), y siempre que hayan sido generados mediante la utilización del Programa de Ayuda para la Declaración de Impuestos Autonómicos (P.A.D.I.A.) (), a presentar los siguienes modelos de declaración:
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES
- Modelo 650 Autoliquidación de Sucesiones.
- Modelo 651 Declaración-Liquidación de Donaciones.
- Modelo 655 Declaración-Liquidación de Consolidación de Dominio por Extinción de Usufructo.
- Modelo 660 Declaración de Sucesiones.
- Modelo 661 Declaración Simplificada de Sucesiones.
IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
- Modelo 600 Declaración-Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Modelo 620 Compra-Venta de determinados Medios de Transporte Usados entre particulares.
- Modelo 630 Declaración-Liquidación de pago en metálico de Letras de Cambio.
TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO
- Modelo 045 Declaración-Liquidación de Máquinas o aparatos automáticos
El certificado necesario para general la firma electrónica y posibilitar el cifrado y encriptación de las comunicaciones es el RCM, clase 2 CA expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (es decir, el mismo que se utiliza para las comunicaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria), asi pues, los que ya lo tengan instalado no deben realizar ningun cambio en sus ordenadores.
La confección de las declaraciones-liquidaciones se realizará mediante la utilización del Programa de Ayuda para la Declaración de Impuestos Autonómicos (P.A.D.I.A) o mediante cualquier otro programa que genere un fichero que se ajuste a las caracteristicas que determina la Dirección General de Tributos y Política Financiera.
Más informacion en la página de la , donde tambien podrás descargarte el programa de ayuda.
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